Texto oficial
Artículo 7°.- En tanto no se efectúe la modificación
correspondiente al título final de la ley N° 18.700,
Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y
Escrutinios, y sus modificaciones, sobre distritos
electorales y circunscripciones senatoriales, continuará
vigente para todos los efectos legales su actual
conformación territorial.".