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Artículo 13 de la Ley 19.342 · Regula derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales

Regula derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30709 / 8640245.

Texto oficial

Artículo 13.- El Departamento estará a cargo de un Director, que deberá ser un profesional especialista en genética, botánica o agronomía que será designado por el Ministro de Agricultura.