Texto oficial
Artículo 13.- El Departamento estará a cargo de un Director, que deberá ser un profesional especialista en genética, botánica o agronomía que será designado por el Ministro de Agricultura.
Regula derechos de obtentores de nuevas variedades vegetales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30709 / 8640245.