Texto oficial
Artículo 2°.- Sustitúyese en la Partida 08,
Caplítulo 30, Programa 01, de la ley N° 19.259, de
Presupuestos, correspondiente al Consejo de Defensa del
Estado, la dotación máxima de personal fijada en 298 por
311.".
Sanciona el trafico ilicito de estupefacientes y sustancias sicotropicas, dicta y modifica diversas disposiciones legales y deroga ley n° 18.403
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30733 / 8673962.