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Artículo 1 transitorio de la Ley 19.404

Introduce modificaciones al decreto ley n° 3.500, de 1980, y dicta normas relativas a pensiones de vejez, considerando el desempeño de trabajos pesados

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30771 · idParte: 8640404

Texto oficial

Artículo 1°.- Las solicitudes de rebaja de edad para pensionarse por vejez considerando el desarrollo de trabajos pesados, que se encuentren pendientes a la fecha de vigencia de esta ley, continuarán tramitándose conforme a la legislación bajo la cual fueron presentadas.