Texto oficial
"Artículo 1°.- Facúltase al Presidente de la República para crear en la Región del Bío-Bío, el Servicio de Salud Arauco, el cual será el continuador legal del Servicio de Salud Concepción-Arauco dentro del territorio de su competencia, con los mismos derechos y obligaciones que a éste correspondían en él. El Servicio de Salud Concepción-Arauco pasará a denominarse Servicio de Salud Concepción.
El territorio de competencia del Servicio de Salud Arauco, será la provincia de Arauco.