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Artículo 7 de la Ley 19.419 · Regula actividades que indica relacionadas con el tabaco

Regula actividades que indica relacionadas con el tabaco

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 30786 · idParte: 10483964

Texto oficial

Artículo 7°.- Los planes y programas de estudio de la Educación General Básica y de la Educación Media de ambas modalidades deberán considerar objetivos y contenidos destinados a educar e instruir a los escolares sobre los daños que provoca en el organismo el consumo de productos de tabaco y la exposición al humo del mismo, así como el consumo de SEAN y SESN y la exposición a sus líquidos de vapeo, como también el carácter adictivo de éstos. Habrá un plan nacional de educación referido a los daños generados por los productos establecidos en el inciso primero, el que deberá actualizarse al menos cada cinco años.