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Artículo 31 de la Ley 19.420

Establece incentivos para el desarrollo economico de las provincias de arica y parinacota y modifica cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30787 / 8489475.

Texto oficial

Artículo 31.- Sustitúyese en el inciso primero del artículo 4° de la ley N° 18.841, la expresión "3 unidades tributarias mensuales" por esta otra: "1 unidad tributaria mensual.".