Texto oficial
Artículo 2°.- El mayor gasto fiscal que represente en 1995 la aplicación de esta ley, se financiará con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida presupuestaria Tesoro Público.".
Otorga reajuste que indica a personal regido por el decreto con fuerza de ley n° 1 (g) de 1968, del ministerio de defensa nacional, el decreto con fuerza de ley n° 2 (i), de 1968, del ministerio del interior y el decreto con fuerza de ley n° 1 (investigaciones), de 1980, del ministerio de defensa nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30800 / 5997866.