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Artículo 3 transitorio de la Ley 19.460

Modifica el decreto con fuerza de ley n° 164, de 1991, del ministerio de obras publicas, sobre regimen legal de concesiones de obras publicas, y las normas tributarias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30827 / 8676967.

Texto oficial

Artículo 3°.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1° transitorio, los particulares indicados en los incisos primero y segundo de dicho artículo que no ejerzan la opción a que allí se alude, podrán optar por que les sea aplicable lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 40 introducido por el número 15 del artículo 1° de la presente ley.".