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Artículo 1 de la Ley 19.475 · Modifica ley n° 19.296, sobre asociaciones de funcionarios de la administración del estado

Modifica ley n° 19.296, sobre asociaciones de funcionarios de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 30842 / 7192085.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Intercálase en el artículo 13 de la ley N° 19.296, el siguiente inciso sexto, nuevo, pasando el actual inciso sexto a ser séptimo: "Con todo, los quórum a que se refiere este artículo, tratándose de funcionarios de planta y a contrata de las municipalidades, del personal que se desempeña en los servicios de salud administrados directamente por aquéllas, y del personal docente dependiente de la misma administración, se calcularán en cada municipio por separado en relación con los trabajadores de cada estamento.".