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Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto orgánico del consejo de defensa del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3365 · idParte: 8987574

Texto oficial

DISPOSICIONES TRANSITORIAS {Art. 1-2} Art. 1.o- La incompatibilidad de funciones a que se refiere el Art. 31 no le será aplicable a los receptores y depositarios que se encontraban desempeñando sus cargos el 5 de Abril de 1960.