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Artículo 147 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3368 · idParte: 8737482

Texto oficial

Artículo 147°- Las medidas disciplinarias son las que determina el Reglamento de Disciplina y Ordenanza General de la Armada, dictadas en virtud de lo dispuesto en los artículos 431, 432 y 433 del Código de Justicia Militar.