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Artículo 168 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3368 / 8737509.

Texto oficial

Artículo 168°- El retiro temporal del personal del Cuadro Permanente y de Gente de Mar, procederá por las siguientes causales: a) Por enfermedad curables que imposibilite temporalmente para el servicio; b) Por necesidades del servicio; c) Por quedar sin colocación debido a economías, supresión o reducción; y d) Por disponerlo el Ministro de Defensa Nacional, en casos calificados.