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Artículo 14 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3368 / 8737625.

Texto oficial

Artículo 14º.- Las vacantes que se produzcan en el Escalafón de Oficiales de Farmacia de la Armada (en extinción), una vez efectuados los ascensos correspondientes, no se llenarán y pasarán a incrementar el Escalafón de Empleados Civiles Farmacéuticos, en las categorías equivalentes.