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Artículo 21 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3368 · idParte: 8737632

Texto oficial

Artículo 21º.- El presente Estatuto pasará a regir al personal que actualmente se encuentra desempeñando funciones en el extranjero.