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Artículo 42 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3368 · idParte: 8737653

Texto oficial

Artículo 42º.- Las hijas solteras mayores de 21 ó 23 años que se encuentren disfrutando de montepío, continuarán percibiéndolo.