Saltar al contenido

Artículo 43 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3368 / 8737654.

Texto oficial

Artículo 43º.- Las actuales beneficiarias de montepío que se encuentren percibiéndolo por ser hermanas solteras huérfanas del personal de las Fuerzas Armadas y dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, continuarán gozando de él hasta su muerte.