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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Aprueba estatuto orgánico de la universidad de chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3380 · idParte: 9014898

Texto oficial

Artículo 5° La Universidad de Chile es un establecimiento público, autónomo, independiente de la administración central del Estado. Es una persona jurídica de derecho público, con patrimonio propio y con domicilio en la ciudad de Santiago. Su representante legal es el Rector. La Universidad de Chile tiene derecho a establecer y mantener relaciones con todas las entidades nacionales, internacionales o extranjeras, y a acreditar representantes ante ellas para los fines que estime convenientes.