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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Aprueba estatuto orgánico de la universidad de chile

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3380 / 9014899.

Texto oficial

Artículo 6° Corresponde privativamente a la Universidad de Chile, en virtud de su autonomía, la potestad de regirse, gobernarse, organizarse y determinar el sentido, la forma y condiciones de su actividad, según mejor convenga a sus propios fines y conforme a su sola voluntad, expresada del modo previsto en esta ley y en los reglamentos que la autoridad universitaria dicte. De la misma manera, le corresponde privativamente determinar sus funciones y actividades académicas, la forma de administrarse, la planificación de su acción y desarrollo, la distribución de su presupuesto y, general, la realización de todos aquellos actos y modos que requieran las funciones que le son propias.