Texto oficial
Artículo primero.- Derógase el decreto N° 20 del
Ministerio de Minería, de 8 de Abril de 1964, y
reemplázase por las siguientes disposiciones:
Deroga decreto n° 20, de 1964, y lo reemplaza por las disposiciones que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3383 / 7112280.