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Artículo DECIMO del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Subsecretaria de transportes fijanse las siguientes disposiciones reglamentarias por las que se regira el plan habitacional de la empresa portuaria de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3388 / 5856944.

Texto oficial

Artículo décimo.- No podrá destinarse a gastos para la administración de estos patrimonios una suma superior al 60% de lo que se perciba por concepto de interés.