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Artículo 152 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto del personal de policia de investigaciones de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3393 · idParte: 8980587

Texto oficial

Artículo 152°.- Se exceptúan del pago de impuestos de timbres, estampillas y papel sellado las solicitudes que presentan los empleados a quienes se les aplique el presente Estatuto, a las Jefaturas o a las autoridades de la Defensa Nacional relacionadas con derechos estatutarios.