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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija normas sobre universidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3394 · idParte: 7112342

Texto oficial

Artículo 6°- La autonomía y la libertad académica no autoriza a las universidades para amparar ni fomentar acciones o conductas incompatibles con el orden jurídico, ni para permitir actividades orientadas a propagar, directa o indirectamente, tendencia político partidista alguna. Estas prerrogativas, por su esencia misma, excluyen el adoctrinamiento ideológico político, entendiendo por tal la enseñanza y difusión que excedan los comunes términos de la información objetiva y de la discusión razonada, en las que se señalan las ventajas y las objeciones más conocidas a sistemas, doctrinas o puntos de vista.