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Artículo 65 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Aprueba modificaciones al d.f.l. n° 4, de 1959, ley general de servicios electricos, en materia de energia electrica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3410 / 8477947.

Texto oficial

Artículo 65°.- El valor fijado por la comisión de Hombres Buenos, más el veinte por ciento de que trata el artículo 69° será entregado al propietario y, en caso de que éste se encontrare ausente o se negare a recibirlo, será depositado en la cuenta corriente del Tribunal respectivo a la orden del propietario.