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Artículo 12 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Aprueba modificaciones al d.f.l. n° 4, de 1959, ley general de servicios electricos, en materia de energia electrica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3410 / 8478053.

Texto oficial

Artículo 12°.- Las solicitudes de concesión que se encuentren actualmente pendientes a la fecha de vigencia de la presente Ley, continuarán rigiéndose hasta su otorgamiento por las disposiciones de DFL N° 4 del 24 de Julio de 1959, pero los derechos y obligaciones que ella origine se regirán por la presente Ley.