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Artículo 6 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto de la universidad "arturo prat"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3418 / 9031694.

Texto oficial

Sexta: Para los efectos de la instalación de los demás Cuerpos Colegiados, el Rector de la Universidad está facultado para designar a aquellos de sus miembros que son generados por el mismo Cuerpo Colegiado. El Rector deberá nombrar a uno de sus miembros para que permanezca un año en sus funciones y a otro para que permanezcca dos años en sus funciones.