Texto oficial
Artículo 2°: Asígnase a dicha Subsecretaría, las
siguientes funciones relativas al desarrollo regional,
provincial y local:
a) Estudiar y proponer políticas de desarrollo
regional, provincial y local;
b) Coordinar la aplicación de las políticas, planes y
programas de desarrollo regional que en sus diferentes
esferas de competencia realizan las Subsecretarías,
Servicios Públicos y Organismos del Estado, especialmente
en materias financieras, presupuestarias y contables de la
inversión regional;
c) Proponer las normas, acciones y medidas en relación
con la ejecución de los programas de desarrollo regional,
provincial y local;
d) Evaluar los resultados del proceso de desarrollo
regional, provincial y local;
e) Velar por la aplicación de los programas que se
establezcan para impulsar el desarrollo regional, provincial
y local;
f) Participar en las comisiones que determine el
Ministro del Interior y servir de contraparte técnica en
los proyectos nacionales o internacionales que digan
relación con el desarrollo regional;
g) Ejercer las funciones que realiza el Ministerio del
Interior en materias de:
1.- Estudios y determinación de indicadores
económicos, financieros y sociales que permitan o faciliten
la evaluación del desarrollo regional, provincial y local.
2.- Estudio y formulación de proyectos tendientes a
desarrollar regiones extremas o aisladas.
3.- Efectuar las proposiciones que correspondan para la
elaboración del presupuesto del Fondo Nacional de
Desarrollo Regional, identificar las asignaciones de
inversión del mismo presupuesto y realizar su evaluación.
4.- Elaborar y proponer al Presidente de la República
los coeficientes de distribución de los recursos del Fondo
Común Municipal, para efectos de lo dispuesto en el inciso
cuarto del artículo 38 del decreto ley Nº3.063, de 1979,
sobre Rentas Municipales. Dichos coeficientes, junto con los
aportes, recursos recibidos, deudas pendientes y
renegociaciones con el Fondo Común Municipal, deberán ser
publicados en Internet de modo que puedan ser revisados en
forma gratuita por los usuarios del sistema, sin la
necesidad de obtener previamente una clave digital.
5.- Evaluación y supervigilancia de la gestión
municipal, incluida la administración directa de servicios
traspasados, y proposición de los ajustes y correcciones
necesarias para el adecuado cumplimiento de las políticas
de desarrollo local.
6.- Diseño, formulación y control de las instrucciones
relativas a los presupuestos municipales, y
7.- Ser contraparte en los convenios referidos a
recursos para el desarrollo regional, provincial y local que
se celebren con instituciones nacionales o internacionales,
y
h) Velar por la coherencia de los planes y estrategias
regionales con las políticas y estrategias nacionales de
desarrollo.