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Artículo 53 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Estatuto de la universidad metropolitana de ciencias de la educacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3421 · idParte: 9113199

Texto oficial

Artículo 53°.- Son atribuciones especiales del Decano las siguientes: a) Dirigir y supervisar las actividades académicas y administrativas de la Facultad y presidir el respectivo Consejo de Facultad; b) Proponer a la autoridad que corresponda los planes de estudio de las carreras y los programas conducentes a grado que imparta la Facultad con su respectiva reglamentación y los proyectos académicos relativos a investigación, extensión, perfeccionamiento y desarrollo académico en las áreas de su competencia; c) Proponer al Rector las contrataciones de personal que sean necesarias para la marcha de la Facultad, y d) Las demás que le fije el Reglamento General de Facultades.