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Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece municipalidad de la comuna de san joaquin

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3429 / 8823700.

Texto oficial

ARTICULOS TRANSITORIOS (Arts. 1-2) ARTICULO 1°.- Facúltase a la Municipalidad de San Miguel, para seguir financiando hasta el 31 de Diciembre de 1987 y después de establecida la Municipalidad de San Joaquín, todos o algunos de los servicios y consumos de esta última.