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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre premios nacionales

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3434 / 7112888.

Texto oficial

Art.2°Ley 7.368/42. Artículo 2°: El Premio Art.2°Ley17.595/72. Nacional de Literatura Art.2°D.L.681/74. se otorgará cada dos años, Art. único en forma indivisible, al N° Ley 18.541/86. escritor chileno cuya obra, por su excelencia, lo haga acreedor a dicha distinción.