Saltar al contenido

Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre premios nacionales

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3434 / 7112889.

Texto oficial

Art.2°Ley 7.368/42. Artículo 3°: El Premio Art.3°Ley17.595/72. Nacional de Arte se otorgará Art.4°D.L.681/74. cada dos años, en forma Art.1°N°s.1 y 3 indivisible, al artista chileno D.L.2.396/78. que se haya distinguido por la Art.único N° 3 Ley sobresaliente calidad de sus 18.541/86. logros en alguna de las siguientes especialidades: Artes Plásticas, Artes Musicales o Artes de la Representación. El reglamento determinará en qué áreas deberán incorporarse las distintas actividades artísticas.