Texto oficial
ARTICULO 10.- Las actividades de capacitación ocupacional
serán de responsabilidad de las empresas, o, en subsidio,
del Servicio Nacional, a través de programas de becas, en
conformidad con lo dispuesto en el artículo 2°, letra b).
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre el estatuto de capacitacion y empleo, contenidas en el decreto ley 1.446, de 1976
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3436 / 9031796.