Texto oficial
TITULO III {Arts. 38-48}
Del Servicio Nacional de Capacitación
y Empleo 1976, Art.
40
a) Definición y domicilio {Art. 38}
ARTICULO 38.- Créase el Servicio Nacional de Capacitación
y Empleo, organismo
técnico del Estado, funcionalmente descentralizado, con
personalidad jurídica de derecho público, que se
relacionará con el Supremo Gobierno a través del
Ministerio del Trabajo y Previsión social. Su domicilio
será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios
especiales que puedan establecerse, en conformidad con lo
dispuesto en el N° 3 del artículo 41.