Texto oficial
Artículo 5°.- Los sumarios administrativos que deban incoarse conforme a este decreto con fuerza de ley serán dispuestos por el General Subdirector de Carabineros, quien podrá delegar dicha facultad en un Oficial General.
Dicta normas sobre responsabilidad administrativa funcionaria en relacion con inversion de fondos que establece la ley n° 18.785
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3447 / 7112943.