Texto oficial
Artículo 7°.- Corresponderá especialmente a la Unidad
de Planificación y Desarrollo:
a) Velar por el adecuado aprovechamiento de los recursos
informáticos y de comunicaciones con que cuenta el
Ministerio Secretaría General de Gobierno, de modo que su
uso corresponda a las políticas de desarrollo de largo
plazo, generadas a partir del análisis relativo a la
modernización del Estado y a la labor de este ministerio,
en particular;
b) Participar de las actividades e iniciativas
tendientes a incorporar nuevos procesos tecnológicos de
interés tanto para el Estado como para el Ministerio
Secretaría General de Gobierno, para que éste mejore su
eficiencia en la gestión.
c) Participar en el diseño de los proyectos y programas
del Ministerio Secretaría General de Gobierno con el fin de
dar respaldo técnico a los proyectos en elaboración; y
d) Participar en las actividades de modernización
tecnológica del Estado, que le encomiende el Ministro o el
Subsecretario.