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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija estructura interna del instituto nacional de la juventud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3457 / 5857709.

Texto oficial

Artículo 3°.- El Director Nacional tendrá a su cargo la dirección superior, técnica y administrativa del Instituto. Será designado por el Presidente de la República y de su exclusiva confianza, y será el Jefe Superior del Servicio, teniendo su representación judicial y extrajudicial.