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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Determina la organizacion interna de sernam y fija funciones y atribuciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3458 · idParte: 5857732

Texto oficial

Artículo 2°: La Dirección Nacional tendrá las funciones que establecen los artículos 4° y 5° de la Ley 19.023. Será de responsabilidad del Ministro Director de SERNAM el cabal cumplimiento de las funciones que la citada ley determina para dicho servicio público, de conformidad a los recursos que anualmente consulte la Ley de Presupuesto y de los que se obtengan por intermedio de la cooperación externa. La delegación de funciones y facultades a que se refiere el artículo 5° letra g) de la Ley 19.023, se efectuará de conformidad a las reglas establecidas en el artículo 43 de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.