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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Determina la organizacion interna de sernam y fija funciones y atribuciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3458 · idParte: 5857745

Texto oficial

Artículo 11°: Corresponderá al Departamento de Relaciones Públicas colaborar con la Dirección Nacional, mediante las siguientes funciones: a) Programar, organizar y coordinar las actividades de Relaciones Públicas internas y externas del Servicio; b) Mantener y proporcionar adecuada información sobre el Servicio, sus objetivos, estructuras y funcionamiento; c) Actuar como relacionador en materias de su competencia, entre el Servicio, las Instituciones coadyuvantes y la comunidad y difundir en general, los objetivos del Servicio con el fin de motivar a la opinión pública del texto de ellos; d) Organizar y coordinar las actividades de carácter oficial en materias de su competencia; y e) Coordinarse con las demás entidades de la administración del Estado que desarrollen actividades similares o atingentes a este Departamento.