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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Determina la organizacion interna de sernam y fija funciones y atribuciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3458 · idParte: 5857744

Texto oficial

Artículo 10°: Corresponderá al Departamento de Capacitación colaborar con la Dirección en las siguientes funciones: a) Coordinar las actividades académicas destinadas a ofrecer formación en la inserción de la perspectiva de la mujer en el diseño de políticas a funcionarios de distintos Ministerios y Servicios del Estado; b) Evaluar las propuestas de capacitación y formación hechas al Servicio por organismos públicos y privados, con el propósito de velar porque estas acciones se realicen en el marco que, desde el Estado, el Servicio otorga al tratamiento del tema de género; c) Coordinarse con las demás entidades de la administración del Estado que desarrollen actividades similares o atingentes a este Departamento; y d) Proporcionar oportunidad de capacitación al personal del Servicio, en materias relativas a sus funciones.