Texto oficial
Artículo 10°: Se prohíbe a los Directores:
1) Adoptar políticas o decisiones que no tengan por
finalidad cumplir el objeto de la Empresa en la forma
establecida en esta ley o persigan beneficiar sus propios
intereses o los de terceras personas con quienes existan
relaciones de parentesco, amistad íntima o intereses
comerciales o políticos.
2) Impedir u obstaculizar las investigaciones destinadas a
establecer su propia responsabilidad o la de los ejecutivos
en la gestión de la empresa.
3) Inducir a los gerentes, ejecutivos, dependientes o
auditores, a rendir cuentas irregulares, a presentar
informaciones no fidedignas o falsas y a ocultar
información.
4) Tomar en préstamo dinero o bienes de la sociedad, o
usar en provecho propio o de terceros, con quienes tengan
relación de parentesco, amistad íntima o intereses
comerciales o políticos, los bienes, servicios o créditos
de la Empresa, y
5) Realizar o incurrir en actos ilegales o inmorales, o
contrarios a las normas de esta ley o al interés social, o
usar de su cargo para obtener beneficios o prebendas
indebidas para sí o para terceros con quienes tengan
relación de parentesco, amistad íntima o intereses
comerciales o políticos.