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Artículo 30 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica del consejo de defensa del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3469 · idParte: 8026033

Texto oficial

Art. 30°.- Este Departamento estará a cargo de un Director Abogado, quien tendrá la responsabilidad y D.L. 2.573/79 atribuciones inherentes a sus funciones y la dirección de (Art. 19°) la defensa de los juicios, de acuerdo con las normas que imparta el Consejo.