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Artículo 102 del Código del Trabajo

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3471 / 9073677.

Texto oficial

Artículo 102.- Es empleador, para los efectos de este L. 18.620 párrafo, todo dueño o armador u operador a cualquier ART. PRIMERO título de un buque mercante nacional. Art. 99