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Artículo 426 del Código del Trabajo

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3471 / 9074001.

Texto oficial

Artículo 426.- Sólo a falta de norma expresa establecida L. 18.620 en este texto o en leyes especiales, se aplicarán ART. PRIMERO supletoriamente las disposiciones de los libros I y II del Art. 396 Código de Procedimiento Civil.