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Artículo 24 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Aprueba estatuto orgánico de la universidad de los lagos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3473 / 7113218.

Texto oficial

Artículo 24°: La Universidad se estructurará, administrativamente, en Departamentos, unidades básicas encargadas de desarrollar funciones profesionales, técnicas y de servicio, complementarias de las actividades académicas de la Universidad. Cada Departamento estará a cargo de un Director responsable ante el Rector, quien lo nombrará a propuesta del Vicerrector de Administración y Finanzas.