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Artículo 30 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Aprueba estatuto orgánico de la universidad de los lagos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3473 · idParte: 7113227

Texto oficial

Artículo 30°: Son funcionarios no académicos de la Universidad quienes, en virtud de un nombramiento de la autoridad competente, desempeñen funciones dentro de la estructura administrativa de la Universidad, en apoyo al quehacer académico y a las actividades complementarias de éste.