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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece forma de instalacion de la municipalidad de padre hurtado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3478 · idParte: 8963244

Texto oficial

Artículo 3°.- Declárase que para la provisión de los cargos de la planta de personal fijada en el artículo anterior serán aplicables los requisitos que señala el artículo 10 de la Ley N° 18.883 y el artículo 12 de la Ley N° 19.280, según corresponda y establécense los siguientes requisitos específicos para el ingreso y promoción a los cargos que se indican: Planta Cargo Grado Requisitos Directivos Secretario 5° T�tulo de Abogado o Municipal Administrador Público Director de Administración y Finanzas 6° T�tulo de Ingeniero Civil Industrial o Ingeniero Comercial o Contador Auditor o Contador Público o Administrador Público Director de 6° T�tulo de Abogado o Control Ingeniero Civil o Ingeniero Comercial o Contador Auditor o Contador Público o Administrador Público. Profesionales Profesional 6° T�tulo de Arquitecto o Constructor Civil. Profesional 10° T�tulo de Asistente Social o Sociólogo. Jefaturas Jefatura 9° T�tulo Profesional de Asistente Social o Sociólogo. Auxiliares Auxiliares 14° Licencia de Conducir Clase A-2.