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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece forma de instalacion de la municipalidad de padre hurtado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3478 / 8963247.

Texto oficial

Artículo 6°.- De conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 2° transitorio de la Ley N° 19.340, destínase la suma de M$58.420.-, del Fondo Común Municipal del año 1995 correspondiente a la comuna de Padre Hurtado para financiar la instalación del respectivo municipio. Para el mismo objeto, del total del Fondo Común Municipal que le corresponda para el año 1996, se destinará un 30%.