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Artículo 42 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto definitivo del DFL 2, de 1959, sobre plan habitacional.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3483 · idParte: 8726663

Texto oficial

Artículo 42. Las restricciones y limitaciones del decreto con fuerza de ley N.o 285, de 1953, así como las exigencias sobre urbanización establecidas en las leyes vigentes, no regirán para las radicaciones a que se refiere este Título. Sin embargo en estas radicaciones deberán adoptarse las medidas de salubridad, orden y urbanización mínimas que, en cada caso, determine la Corporación de la Vivienda.