Texto oficial
Artículo 47° Los cargos de Jefe del Departamento
Administrativo, de Presidente de la Junta de Conciliación
de Santiago y de Inspectores Provinciales de Inspecciones de
primera categoría, serán de libre designación del
Presidente de la República. Estos últimos deberán ser
designados de entre el personal de la Escala Directiva,
Profesional y Técnica.