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Artículo 1 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Dispone la reestructuración y fija las funciones de la dirección del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3485 / 8626539.

Texto oficial

Artículo 1° Mientras se dicta el Reglamento Orgánico General del Servicio el ingreso de los funcionarios se regirá por el decreto 69, de 24 de febrero de 1964, en lo que no esté contemplado en el presente decreto con fuerza de ley.